jueves, 3 de abril de 2014

Ejercicio de Observación # 3


Ejercicio de Observación:
Realizado en la Contraloría del Estado, con ubicación en Pasaje de los ferrovejeros # 70 Jalisco.
La Contraloría del Estado es la Dependencia responsable de ejecutar la auditoría de la Administración Pública Central y Paraestatal y de aplicar el derecho disciplinario a los Servidores Públicos.
Tiene la visión de ser una Dependencia con enfoque preventivo, basada en la innovación y la comunicación oportuna y permanente con la sociedad, para lograr ser depositaria de su confianza.
Cuenta con la misión de vigilar, revisar y evaluar que las actividades de la administración pública, el ejercicio del gasto y la actuación de los servidores públicos del Poder Ejecutivo del Estado, se apeguen a la normatividad mediante acciones preventivas y correctivas que generen confianza de los ciudadanos en el gobierno.
Y tiene como objetivos mejorar la percepción de la ciudadanía, de la Contraloría del Estado, a través de la atención a las quejas, denuncias y sugerencias.
Proveer a los Servidores Públicos de la Contraloría del Estado, de conocimientos, habilidades y conductas que ayuden a alcanzar los objetivos de calidad.
Fortalecer los servicios que ofrece la Contraloría mediante la comunicación y la innovación continúa.
Pese a el trabajo que le toca desempeñar a esta institución del Gobierno, es muy poca la difusión y el conocimiento que las personas tienen acerca de ella.
Por lo general suelen confundir a la Contraloría o su trabajo con el de la Secretaria de la Función Pública, en general tienen las miasmas misiones, características y objetivos, a diferencia de que la Contraloría es una Dependencia Estatal en este caso y la Función Pública es una Dependencia Federal.
                                            

 La Contraloría del Estado cuenta con diferentes Direcciones tales como: Jurídico, Contraloría Social y Vinculación Institucional, Verificación y Control de Obra, Control y Evaluación a Organismos Paraestatales, Control y Evaluación a Dependencias del Ejecutivo, Administrativo, Área de Informática,  Área de Servicios Generales, Recursos Humanos y Financieros.
Por lo regular no es una Dependencia que atienda al Público, a menos que acudas hacer una declaración patrimonial o acudas por una carta de no antecedentes administrativos (Carta de no inhabilitación).

Así que por tanto solo se cuenta con el personal que labora ahí.




Atribuciones de la Contraloría: (La Contraloría del Estado contará con los órganos desconcentrados que establezca el reglamento interno o que sean creadas por acuerdo del Gobernador del Estado.

La Contraloría del Estado funcionará de acuerdo con los reglamentos, manuales y demás instrumentos normativos aplicables. 
Artículo 38. La Contraloría del Estado tiene las siguientes atribuciones:

I. Planear, organizar y coordinar el Sistema de Control y Evaluación del Gobierno del Estado;

II. Programar, coordinar, dirigir y aplicar auditorías a todas las dependencias y entidades de la Administración Pública del Estado, cuando menos una vez al año;

III. Designar, instruir y controlar a auditores externos encargados de vigilar las dependencias y entidades del Gobierno del Estado;

IV. Vigilar el cumplimiento, por parte de todas las dependencias y entidades, de las disposiciones en materia de planeación, programación, presupuestación, ingresos, financiamiento, ejercicio del gasto, inversión, obra pública, subsidios y subvenciones, deuda, patrimonio, fondos, valores, registro, control, pago de personal, adquisición, arrendamiento, conservación, uso, destino, afectación, enajenación, baja de bienes muebles e inmuebles, almacenes y demás aspectos que ameriten un control, y derivado de ello hacer observaciones, proponer cambios y sancionar irregularidades administrativas;

V. Conocer de las quejas de particulares por incumplimiento de los acuerdos, convenios o contratos celebrados con las Dependencias o Entidades;

VI. Conocer, investigar y comprobar en la vía administrativa, las irregularidades de los servidores públicos de la Administración Pública;

VII. Aplicar el derecho disciplinario a los servidores públicos;
VIII. Presentar las denuncias correspondientes ante el Ministerio Público y colaborar con el mismo;

IX. Recibir y registrar las declaraciones de situación patrimonial que deban presentar los servidores públicos de la Administración Pública del Estado y verificar e investigar lo que proceda, conforme a la ley;

X. Proporcionar a la Auditoría Superior del Estado los informes que ésta requiera sobre el resultado de su actividad de control y vigilancia;

XI. Proponer al Gobernador del Estado proyectos normativos sobre instrumentos y procedimientos de control de la Administración Pública del Estado;

XII. La organización, dirección y ejecución de la auditoría administrativa que le corresponda al Estado;

XIII. Vigilar el cumplimiento de los objetivos de las empresas paraestatales, sugiriendo soluciones a los problemas de las mismas;

XVI. Informar periódicamente al Gobernador del Estado sobre el resultado del ejercicio de sus atribuciones; y

XV. Las que establezcan otras disposiciones legales y reglamentarias aplicables.

Los resultados del desempeño de la Contraloría del Estado en el ejercicio de sus atribuciones, en ningún caso exoneran de responsabilidad, ya que esta facultad queda reservada al Poder Legislativo del Estado al conocer la cuenta pública del Poder Ejecutivo del Estado.)




No hay comentarios:

Publicar un comentario