Ejercicio de Observación:
Realizado en la Contraloría
del Estado, con ubicación en Pasaje de los ferrovejeros # 70 Jalisco.
La Contraloría del Estado es la Dependencia
responsable de ejecutar la auditoría de la Administración Pública Central y
Paraestatal y de aplicar el derecho disciplinario a los Servidores Públicos.
Tiene la visión de ser una Dependencia con enfoque
preventivo, basada en la innovación y la comunicación oportuna y permanente con
la sociedad, para lograr ser depositaria de su confianza.
Cuenta con la misión de vigilar, revisar y evaluar
que las actividades de la administración pública, el ejercicio del gasto y la
actuación de los servidores públicos del Poder Ejecutivo del Estado, se apeguen
a la normatividad mediante acciones preventivas y correctivas que generen
confianza de los ciudadanos en el gobierno.
Y tiene como objetivos mejorar la percepción de la
ciudadanía, de la Contraloría del Estado, a través de la atención a las quejas,
denuncias y sugerencias.
Proveer a los Servidores Públicos de la Contraloría del Estado, de
conocimientos, habilidades y conductas que ayuden a alcanzar los objetivos de
calidad.
Fortalecer los servicios que ofrece la Contraloría mediante la comunicación y
la innovación continúa.
Pese a el trabajo que le toca desempeñar a esta institución
del Gobierno, es muy poca la difusión y el conocimiento que las personas tienen
acerca de ella.
Por lo general suelen confundir a la Contraloría o su trabajo con el de
la Secretaria de la Función Pública, en general tienen las miasmas misiones, características
y objetivos, a diferencia de que la Contraloría es una Dependencia Estatal en
este caso y la Función Pública es una Dependencia Federal.
La Contraloría del Estado cuenta
con diferentes Direcciones tales como: Jurídico, Contraloría Social y Vinculación Institucional,
Verificación y Control de Obra, Control y Evaluación a Organismos
Paraestatales, Control y Evaluación a Dependencias del Ejecutivo,
Administrativo, Área de Informática, Área de Servicios Generales, Recursos
Humanos y Financieros.
Por lo regular no es una Dependencia que atienda al Público, a menos que
acudas hacer una declaración patrimonial o acudas por una carta de no antecedentes
administrativos (Carta de no inhabilitación).
Así que por tanto solo se cuenta con el personal que labora ahí.
Atribuciones de la Contraloría: (La Contraloría del Estado contará con los órganos desconcentrados que
establezca el reglamento interno o que sean creadas por acuerdo del Gobernador
del Estado.
La Contraloría del Estado funcionará de acuerdo con los reglamentos,
manuales y demás instrumentos normativos aplicables.
Artículo 38. La Contraloría del Estado tiene las siguientes
atribuciones:
I. Planear, organizar y coordinar el Sistema de Control y Evaluación del
Gobierno del Estado;
II. Programar, coordinar, dirigir y aplicar auditorías a todas las
dependencias y entidades de la Administración Pública del Estado, cuando menos
una vez al año;
III. Designar, instruir y controlar a auditores externos encargados de
vigilar las dependencias y entidades del Gobierno del Estado;
IV. Vigilar el cumplimiento, por parte de todas las dependencias y
entidades, de las disposiciones en materia de planeación, programación,
presupuestación, ingresos, financiamiento, ejercicio del gasto, inversión, obra
pública, subsidios y subvenciones, deuda, patrimonio, fondos, valores,
registro, control, pago de personal, adquisición, arrendamiento, conservación,
uso, destino, afectación, enajenación, baja de bienes muebles e inmuebles,
almacenes y demás aspectos que ameriten un control, y derivado de ello hacer
observaciones, proponer cambios y sancionar irregularidades administrativas;
V. Conocer de las quejas de particulares por incumplimiento de los
acuerdos, convenios o contratos celebrados con las Dependencias o Entidades;
VI. Conocer, investigar y comprobar en la vía administrativa, las
irregularidades de los servidores públicos de la Administración Pública;
VII. Aplicar el derecho disciplinario a los servidores públicos;
VIII. Presentar las denuncias correspondientes ante el Ministerio
Público y colaborar con el mismo;
IX. Recibir y registrar las declaraciones de situación patrimonial que
deban presentar los servidores públicos de la Administración Pública del Estado
y verificar e investigar lo que proceda, conforme a la ley;
X. Proporcionar a la Auditoría Superior del Estado los informes que ésta
requiera sobre el resultado de su actividad de control y vigilancia;
XI. Proponer al Gobernador del Estado proyectos normativos sobre
instrumentos y procedimientos de control de la Administración Pública del
Estado;
XII. La organización, dirección y ejecución de la auditoría
administrativa que le corresponda al Estado;
XIII. Vigilar el cumplimiento de los objetivos de las empresas
paraestatales, sugiriendo soluciones a los problemas de las mismas;
XVI. Informar periódicamente al Gobernador del Estado sobre el resultado
del ejercicio de sus atribuciones; y
XV. Las que establezcan otras disposiciones legales y reglamentarias
aplicables.
Los resultados del desempeño de la Contraloría del Estado en el
ejercicio de sus atribuciones, en ningún caso exoneran de responsabilidad, ya
que esta facultad queda reservada al Poder Legislativo del Estado al conocer la
cuenta pública del Poder Ejecutivo del Estado.)